La Cámara Federal de La Plata frenó una decisión del Ministerio de Economía que daba de baja del Registro Nacional de Asociaciones de Consumidores (RENAC) a una organización civil que denunciaba abusos contra los usuarios.
En una resolución reciente (Expte. FLP 39305/2025), la Sala II de la Cámara Federal de La Plata hizo lugar a un recurso de queja interpuesto por la Asociación de Defensa de Derechos de Usuarios y Consumidores (ADDUC) representado por su presidente Dr. Osvaldo Bassano contra la disposición N° 957/2025 de la Subsecretaría de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial, dependiente del Ministerio de Economía, que había ordenado su exclusión del registro oficial de entidades de consumidores.
Según la resolución, el organismo ministerial rechazó indebidamente el recurso directo previsto en el artículo 45 de la Ley 24.240 —vía judicial destinada a impugnar sanciones— y lo “recondujo” como un simple recurso administrativo de reconsideración, lo que en los hechos impedía un control judicial independiente sobre la decisión estatal.
Los jueces Jorge Eduardo Di Lorenzo y César Álvarez, integrantes del tribunal, recordaron que es la justicia y no la administración quien debe decidir si un recurso directo es formalmente admisible, y advirtieron que el cumplimiento inmediato de la medida podía causar “un perjuicio de difícil reparación ulterior”.
En consecuencia, la Cámara resolvió hacer lugar al recurso de queja y conceder el recurso directo con efecto suspensivo, es decir, dejando sin efecto la baja del RENAC hasta tanto se resuelva el fondo del asunto.
Posible intento de disciplinamiento
La medida original de la Subsecretaría generó preocupación entre diversas entidades del sector, que la interpretan como un intento de disciplinamiento y silenciamiento de organizaciones críticas frente a políticas oficiales que afectan a usuarios y consumidores.
El uso arbitrario del registro RENAC, sostienen, podría convertirse en una herramienta de castigo político-administrativo, en abierta violación de los principios de participación ciudadana y control social reconocidos por la Constitución Nacional y la Ley de Defensa del Consumidor.
La decisión judicial marca así un freno al avance discrecional del Poder Ejecutivo sobre las organizaciones civiles y reafirma el rol del Poder Judicial como garante del acceso a la justicia y del derecho a la defensa de los intereses colectivos.
