Se declaran imprescriptibles los delitos cometidos durante el terrorismo de Estado que tenían por objetivo el robo y apropiación de bienes

El Juzgado Federal N°2 de Neuquén declaró imprescriptibles los delitos de allanamiento ilegal, robo y defraudación por administración fraudulenta cometidos durante la última dictadura cívico-militar en perjuicio de la Cooperativa de Vivienda del Periodista Limitada, al considerar que los hechos se produjeron en el marco del terrorismo de Estado.

La resolución fue dictada por el juez federal Gustavo Villanueva, quien procesó a los exmilitares Sergio Adolfo San Martín y Jorge Héctor Di Pasquale, exintegrantes del Destacamento de Inteligencia 182 del Ejército, como partícipes necesarios de los hechos. El magistrado entendió que las maniobras de apropiación de los departamentos y bienes de la cooperativa no constituyeron meros delitos comunes, sino conductas funcionales a un plan sistemático de persecución política e ideológica contra periodistas de la región.

Según la investigación del Ministerio Público Fiscal, la cooperativa fue intervenida ilegalmente el 24 de marzo de 1976, se desplazó a sus autoridades legítimas y se excluyó a socios fundadores de la adjudicación de viviendas por las que ya abonaban cuotas, para luego transferir los inmuebles a fuerzas de seguridad y a terceros sin compensación alguna.El juez destacó que la persecución incluyó hostigamientos, detenciones, amenazas y exilios forzados, lo que permite encuadrar los hechos como delitos conexos a crímenes de lesa humanidad, y afirmó que el transcurso del tiempo no puede consolidar la impunidad frente al despojo patrimonial cometido desde el aparato estatal.

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