El juez Pesino busca continuar en la Cámara Laboral entre apoyos oficiales y fuertes cuestionamientos por su desempeño

La continuidad del juez camarista laboral Víctor Arturo Pesino en la Justicia nacional quedó en el centro de una intensa discusión política, sindical y judicial. Próximo a cumplir 75 años, el magistrado requiere un nuevo acuerdo del Senado para permanecer otros cinco años al frente de la Sala VIII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo.

El tratamiento de su pliego en la Comisión de Acuerdos se produce pocos días después de que Pesino integrara el tribunal que revocó la medida cautelar promovida por la CGT y restituyó la vigencia de más de ochenta artículos de la Ley de Modernización Laboral impulsada por el Gobierno nacional. También intervino posteriormente en decisiones vinculadas a la UOM, lo que incrementó la relevancia política de su postulación.

Sin embargo, la renovación de su mandato enfrenta importantes objeciones. Entre los impugnantes figuran la CGT, la Unión Obrera Metalúrgica, la Unión de Empleados de la Justicia de la Nación y el abogado laboralista Pablo Gastón Llopart.

Las observaciones presentadas ante el Senado apuntan principalmente al funcionamiento de la Sala VIII. Según los cuestionamientos, el tribunal acumula aproximadamente 2.700 expedientes pendientes de resolución y registra demoras promedio cercanas a los dos años para dictar sentencia, plazos que excederían ampliamente los sesenta días hábiles previstos por la normativa aplicable.

En su respuesta a las impugnaciones, el juez reconoció la existencia de atrasos y los atribuyó al elevado volumen de causas que llegan al tribunal. Según sostuvo, la cantidad de expedientes resulta imposible de resolver dentro de los plazos legales actualmente establecidos.

Uno de los antecedentes más cuestionados corresponde a una causa iniciada por un trabajador despedido hace nueve años, quien atravesaba una situación de salud particularmente delicada mientras aguardaba una resolución definitiva. De acuerdo con la documentación presentada ante la Comisión de Acuerdos, el expediente permaneció dieciocho meses sin sentencia en la Cámara.

Cuando finalmente se dictó el fallo, se produjo una situación inusual: los fundamentos de la sentencia validaban un acuerdo indemnizatorio cuestionado por el trabajador, mientras que la parte resolutiva confirmaba la decisión de primera instancia que había declarado nulo ese mismo acuerdo. La contradicción motivó pedidos de aclaratoria de ambas partes y la posterior intervención de la Fiscalía General.

El Fiscal General interino recomendó declarar la nulidad de la resolución. Finalmente, el propio tribunal dejó sin efecto el fallo y ordenó dictar una nueva sentencia. Como consecuencia, el trabajador continuó sin obtener una decisión firme pese al extenso tiempo transcurrido desde su despido.

Otro aspecto controvertido surgió a partir de la respuesta que el magistrado brindó a las observaciones formuladas en su contra. Según Llopart, el magistrado evitó contestar los cuestionamientos vinculados al desempeño de la Sala VIII y, en cambio, incorporó referencias a actuaciones profesionales del abogado observante, incluyendo menciones a eventuales sanciones procesales que podrían corresponder en futuras causas.

Para el letrado, esa respuesta no abordó las críticas institucionales planteadas y constituyó un intento de descalificación personal. Desde su perspectiva, un magistrado sometido a evaluación para la renovación de su cargo debe responder los cuestionamientos sobre su gestión judicial sin recurrir a advertencias dirigidas a quienes formulan observaciones.

Con este escenario, la Comisión de Acuerdos del Senado deberá decidir si recomienda o no la continuidad del polémico camarista hasta los 80 años. La discusión quedó atravesada tanto por el impacto político de sus recientes decisiones sobre la reforma laboral como por las críticas acumuladas respecto de la gestión, los tiempos de resolución y el funcionamiento de la Sala VIII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo.

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