Un reciente fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió un conflicto negativo de competencia originado a raíz de una denuncia por el acceso ilegítimo a una cuenta personal de Instagram.
El caso comenzó cuando una persona denunció que desconocidos habían ingresado a su perfil en esa red social y, haciéndose pasar por ella, se comunicaron con distintos contactos para engañarlos con la falsa promesa de venta de dólares. La situación derivó en un conflicto entre un juez de la justicia penal, contravencional y de faltas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y un magistrado de la justicia nacional en lo criminal y correccional federal.
Al intervenir, la Corte Suprema sostuvo que la mera utilización de redes de comunicación no basta para dar intervención a la justicia federal. Para ello, explicó el tribunal, debe existir además una afectación concreta a un servicio de interés público tutelado, lo cual no se verificaba en este caso.
En consecuencia, el máximo tribunal declaró competente a la justicia nacional con competencia ordinaria en la Ciudad de Buenos Aires, aclarando que aún no se ha transferido a la justicia local el juzgamiento de este tipo de delitos.
El fallo fue dictado en el expediente “Belsito, Noemí s/ incidente de incompetencia” y refuerza el criterio de que los delitos vinculados al acceso ilegítimo a cuentas personales de redes sociales o correos electrónicos, cuando no afectan servicios de interes públicos tutelados, deben tramitar en el fuero ordinario.
